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domingo, 18 de julio de 2010

Enfermedad Profesional, Mito o Realidad?


Se denomina enfermedad profesional al trastorno o alteración de la salud, producida por la labor que desempeñe un empleado durante su jornada laboral, la cual puede presentarse de forma inmediata o a largo plazo. Por ejemplo la neumoconiosis, la alveolitis alérgica, la lumbalgia, el síndrome del túnel carpiano, la exposición profesional a gérmenes patógenos, diversos tipos de cáncer, etc.
Hoy en día en países como el nuestro (Venezuela), observamos con preocupación la gran cantidad de personas con enfermedades de origen ocupacional y que al percatarnos de los primeros síntomas podría ser demasiado tarde o podríamos encontrarnos en un estado pasivo de afección.
Recomendaciones:
1. Al comenzar una nueva actividad laboral en una organización es recomendable pasar por los exámenes pre-empleo.
2. Si la actividad es administrativa (Sentado en una oficina) ser muy cuidadoso(a) con las posturas, tratando en lo posible de no permanecer mucho tiempo en la misma posición.
3. Colocarnos a una distancia considerable del monitor.
4. Verificar que nuestros brazos y muñecas puedan descansar en la mesa de trabajo.
5. En el caso de que la actividad demande levantar peso, se recomienda utilizar la indumentaria adecuada (Por ejemplo un cinturón para levantar peso).
6. Contactar a los especialistas en el campo de la salud ocupacional de la organización (Si todavía no existen en tú organización, puedes realizar una denuncia anónima al INPSASEL), los cuales te podrán orientar según tu actividad laboral.
Recomienda este block a tus compañeros de trabajo, amigos y familiares, la información aquí planteada puede ser de utilidad tanto para ti como para los tuyos. Feliz Día.

jueves, 15 de julio de 2010

Definición y Tipos de Riesgos Laborales


La definición de riesgo laboral se define como el “la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de su trabajo”.

Los riesgos laborales se pueden clasificar del siguiente modo:

1.- Riesgos Físicos: Su origen está en los distintos elementos del entorno de los lugares de trabajo. La humedad, el calor, el frío, el ruido, la iluminación, las presiones, las vibraciones, etc. pueden producir daños a los trabajadores.

2. Riesgos Químicos: Son aquellos cuyo origen está en la presencia y manipulación de agentes químicos, los cuales pueden producir alergias, asfixias, etc.

3. Riesgos Biológicos: Se pueden dar cuando se trabaja con agentes infecciosos.

4.- Riesgos Ergonómicos: Se refiere a la postura que mantenemos mientras trabajamos.

5.- Factores psicosociales: Es todo aquel que se produce por exceso de trabajo, un clima social negativo, etc., pudiendo provocar una depresión, fatiga profesional, etc.

¿Quienes son los Delegados de Prevención?


Delegados de Prevención (artículo 41 de la LOPCYMAT)
• Los delegados o delegadas de prevención son los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud Laboral, elegidos por y entre estos, por medios democráticos, con atribuciones específicas en materia de seguridad y salud en el trabajo

Aspectos a considerar para la Elección del Delegado de Prevención
• Número de trabajadores y trabajadoras
• La organización del trabajo
• Los turnos de trabajo
• Áreas, departamentos o ubicación de los espacios físicos
• Peligrosidad de los procesos de trabajo

El Número de Delegados de Prevención según la cantidad de empleados (sujeto a modificaciones según los riesgos laborales, artículo 41 de la LOPCYMAT)
Para establecer el número de delegados de prevención se debe tomar en consideración el número de trabajadores y trabajadoras; la organización del trabajo; los turnos de trabajo, áreas, departamentos o ubicación de los espacios físicos, así como la peligrosidad de los procesos de trabajo con un mínimo establecido de acuerdo a la siguiente escala:
• Hasta diez (10) trabajadores o trabajadoras: un delegado o delegada de prevención
• De once (11) a cincuenta (50) trabajadores o trabajadoras: dos (2) delegados o delegadas de prevención
• De cincuenta y uno (51) a doscientos cincuenta (250) trabajadores o trabajadoras: tres (3) delegados o delegadas de prevención
• De doscientos cincuenta y un (251) trabajadores o trabajadoras en adelante: un (1) delegado o delegada de prevención adicional por cada quinientos (500) trabajadores o trabajadoras, o fracción

Derechos y Garantías del Delegado
Una vez electos el o los delegados de prevención y hasta tres meses después de vencidos los dos años que debe durar en sus funciones, quedan investidos de la inamovilidad por lo tanto no podrán ser despedidos, trasladados ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo del INPSASEL.

Puede ser elegido como delegados de prevención todo trabajador que no sea representante del patrono, empleado de dirección ni trabajador de confianza; las personas que tengan vínculos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, ascendentes o colateral con el patrono; el amigo (a) íntimo del patrono o la persona que mantenga amistad manifiesta con el patrono.

Los trabajadores o sus organizaciones deberán notificar a la Inspectoría del Trabajo su voluntad de elegir los delegados de prevención, esto da origen a inamovilidad laboral. La designación de los delegados deberá hacerse por escrito, así como la aceptación de los mismos.